El Ayuntamiento de Urnieta ante la sentencia del Tribunal Supremo en el caso del urnietarra Asier Niebla
03·03·2022
El pasado 8 de febrero de 2022 el Tribunal Supremo emitió la sentencia definitiva sobre el caso del urnietarra Asier Niebla. Asier falleció en octubre de 2018, tras permanecer dos meses en coma, al ser brutalmente agredido por la ex pareja de una mujer con la que estaba hablando en el exterior de un bar de Donostia.
El proceso concluye con la sentencia del tribunal supremo que condena a once años y seis meses al acusado por homicidio doloso. La resolución no recoge la petición de la familia y del ayuntamiento solicitando el agravante de género.
En un principio, en el tribunal de primera instancia de Donostia y con un tribunal popular, se tuvo en cuenta el agravante de género por lo que se esperaba que en este caso también se aplicara. Lamentablemente, tanto en las sentencias del tribunal superior de justicia del País Vasco como en la del Supremo, aun cuando la fiscalía apoyó la solicitud en ambas, la resolución no las ha aceptado.
El ayuntamiento tenía la esperanza de que finalmente se volviera a considerar, pero no ha sido así. El consistorio consideró a Asier Niebla como víctima vicaria de violencia de género dada la naturaleza de los hechos y aprobó una declaración institucional en noviembre de 2020 para instar a las distintas instituciones para ampliar el concepto de víctima en las leyes vigentes a nivel autonómico y nacional.
La ley actual de violencia de genero sólo reconoce como víctimas de violencia machista a las mujeres o descendientes que tengan o hayan tenido una relación afectiva previa con el agresor, dejando al margen a todas las demás víctimas vicarias tal y como sucede con Asier Niebla.
Hay que tener en cuenta que violencia machista es una violencia estructural que se ejerce contra las mujeres, y se expresa de múltiples formas, pero no solo se comete directamente hacia la mujer y no solo es un problema de parejas, sino que afecta a toda la sociedad y a todo el entorno de la víctima: familia, amigas y amigos, nuevas parejas, etc. Por ello, el Ayuntamiento cree que esta realidad se tiene que ver reflejada también en la ley para dar respuesta a las nuevas, ocultas e invisibilizadas formas de violencia que están apareciendo contra ellas, como, por ejemplo, la que consiste en dañar a personas del entorno de las mujeres con el único fin de infringirles dolor a éstas. Este tipo de violencia vinculada también es parte de la violencia estructural contra las mujeres, y las víctimas vicarias del contexto violento también deberían considerarse víctimas de la violencia machista.
En este sentido, y a pesar de que el Tribunal Supremo no haya contemplado finalmente el agravante de género en la sentencia, el Ayuntamiento de Urnieta valora positivamente la primera resolución del jurado popular, así como la petición de la Fiscalía del Tribunal Superior de justicia del País Vasco y la del Tribunal Supremo en la que se estimaba el agravante de género.
El Ayuntamiento espera que este caso sirva para concienciar a la sociedad y que la iniciativa tenga reflejo en la ampliación de las leyes y de esta forma intentar reparar en parte la perdida y el dolor recibido por las victimas tanto directas como vicarias ante este tipo de violencia.