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Atrás Las medidas adaptadas por el LABI ante la tendencia ascendente de la pandemia y que entran en vigor el 13 de enero

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12·01·2021


La situación epidemiológica es preocupante tal y como manifestó ayer el LABI, ya que se confirma una tendencia ascendente en un contexto de alta incertidumbre. De este modo, a partir de mañana entrarán en vigor las siguientes medidas para dar respuesta a la actual situación. Desde el Ayuntamiento también se hace un llamamiento a la prudencia y a la responsabilidad, se pide a la ciudadanía que cumpla las medidas con rigurosidad

  1. Mantenimiento con carácter general de las siguientes medidas:
  • Cierre perimetral de Euskadi.
  • Limitación de agrupación máxima de 6 personas.
  • Limitación de movilidad nocturna de 22:00 a 06:00h.
  • Horario máximo de cese actividades comerciales y culturales a las 21:00h.
  • Limitación del máximo de aforo en centros de culto en un 35%.
  • Suspensión de ensayos y actuaciones músico-vocales.
  • Horario de cierre de hostelería y restauración entre las 20:00h. y las 06:00h.
  • Cierre de los establecimientos de hostelería y restauración, y de juego y apuestas, que se encuentren en municipios con IA superior a 500/100.000 habitantes en los mismos términos que en el Decreto de 6 de noviembre.
  1. Adopción de nuevas medidas de prevención como son las siguientes:
  • Se establece la restricción de entrada y salida de personas del Territorio Histórico de residencia.
  • Los aforos en establecimientos comerciales de más de 150m2 se reducen al 40%, en los que cuenten con una superficie de hasta 150m2  el aforo deberá ser del 60%.
  • En localidades con Tasa de Incidencia igual o superior a 500/100.000 habitantes: Confinamiento perimetral municipal, sin exceptuar el desplazamiento a municipio colindante.
  • Suspensión de la actividad deportiva en grupo.
  1. Modulación de las siguientes medidas restrictivas, solo aplicable en localidades con Tasa de Incidencia inferior a 500/100.000 habitantes:
  • Permitir la reanudación del deporte escolar, únicamente en entrenamientos que, en todo caso, deberán organizarse en grupos de seis personas como máximo sin variar su composición y no pudiéndose hacer uso de vestuarios.
  • Permitir los ensayos de grupos no profesionales de danza, asociándolos a las condiciones que rigen para la actividad teatral.
  • Permitir la reapertura del sector de juego y apuestas, en condiciones de aforo, horarios y medidas preventivas similares a las que se aplican al sector hostelero.

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